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SAT reanuda el cómputo de plazos administrativos el 3 de agosto

El SAT reanudó el lunes 3 de agosto el cómputo de plazos administrativos tras su periodo de vacaciones, que comprendió del 20 al 31 de julio.

De acuerdo con la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada por la SHCP en el Diario Oficial de la Federación el 9 de julio, el primer periodo general de vacaciones del SAT comprendió del 20 al 31 de julio. Los plazos administrativos para trámites que dependen de actuaciones de la autoridad fiscal se reanudaron el lunes 3 de agosto, según informó el SAT.

Durante el receso no corrieron los plazos en procedimientos como requerimientos, revisiones administrativas y recursos en sede administrativa cuya tramitación depende de la autoridad. El cómputo se retomó exactamente desde donde quedó antes del 20 de julio, sin reiniciarse desde cero.

La suspensión de plazos no afecta las obligaciones fiscales con vencimiento fijo. Las declaraciones de impuestos, el pago de contribuciones y la emisión de facturas electrónicas continuaron operando conforme a sus fechas programadas durante el periodo vacacional.

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