El aguinaldo es una de las prestaciones más esperadas del año, y también una de las que genera más dudas sobre cuánto le corresponde exactamente a cada persona — la respuesta tiene un piso legal claro, aunque no un tope.
El mínimo que marca la ley
El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que todo trabajador tiene derecho a un aguinaldo anual equivalente a al menos 15 días de salario, que debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año, sin excepción y sin importar el tipo de contrato. Este es un mínimo legal, no un máximo — ninguna empresa puede pagar menos de 15 días, pero muchas pagan más como parte de sus prestaciones.
Cómo se calcula si no trabajaste el año completo
Si no llevas un año completo en tu empleo, tienes derecho a la parte proporcional del aguinaldo según el tiempo que trabajaste, sin importar si al momento del pago sigues empleado o ya no. El cálculo usa tu salario diario ordinario —no el salario integrado que se usa para otros cálculos como la liquidación— multiplicado por los días que te correspondan.
Cuánto de tu aguinaldo está exento de impuestos
Los primeros $3,519.30 pesos de aguinaldo están exentos del Impuesto Sobre la Renta en 2026, equivalentes a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA) diarias, según el Artículo 93 fracción XIV de la Ley del ISR. Lo que exceda ese monto sí es gravable, y por eso el aguinaldo que recibes en tu cuenta suele ser menor a 15 días completos de salario sin ningún descuento.
Empresas que pagan más del mínimo
Es una práctica cada vez más común que las empresas —sobre todo las que compiten por retener talento— ofrezcan aguinaldos de 20, 30 o incluso más días de salario como parte de su paquete de prestaciones, por encima del mínimo legal de 15. No hay un registro público único que liste cuánto paga cada empresa específica, así que la única forma confiable de saber cuánto te corresponde es tu propio contrato o el tabulador de prestaciones de tu empleador.
Qué pasa si tu empleador no te paga el aguinaldo
El pago del aguinaldo no es opcional para el empleador, y no pagarlo es una violación a la Ley Federal del Trabajo. Si no lo recibes antes del 20 de diciembre, puedes presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que ofrece asesoría y representación legal gratuita para este tipo de casos.