Pedir un crédito con otra persona: qué es ser coacreditado
Comprar una casa o un coche entre dos personas suena a repartir la responsabilidad a la mitad — legalmente, no funciona así.
Ser coacreditado es distinto de ser aval. El coacreditado es solicitante conjunto desde el origen del crédito, comparte la deuda como obligado solidario y se vuelve copropietario del bien financiado — típico en parejas o familiares que compran juntos una vivienda o un coche. El aval, en cambio, no es dueño del bien y solo responde si el acreditado principal incumple. La diferencia clave: si un coacreditado deja de pagar, el otro es responsable de la TOTALIDAD de la deuda ante el banco, no de la mitad — es una obligación solidaria, no se divide 50/50 frente al acreedor. Además, ser coacreditado afecta tu propia capacidad de endeudamiento: el crédito completo aparece en tu historial de Buró de Crédito como deuda tuya (no la mitad), y un atraso del otro coacreditado impacta tu propio historial igual que si fuera tuyo.
Qué puedes hacer tú, sin pagar nada
Casi todo se puede resolver por tu cuenta.
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Confirma si te ofrecen ser coacreditado o aval
Son figuras legales distintas con consecuencias muy diferentes — pregunta explícitamente cuál de las dos es antes de firmar, no asumas que es lo mismo.
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Entiende que respondes por el 100%, no por la mitad
Si eres coacreditado, un atraso o abandono de pago de la otra persona te hace responsable de toda la deuda ante el banco, no solo de tu 'parte' — planea con eso en mente antes de aceptar.
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Revisa el impacto en tu propio Buró de Crédito antes de aceptar
El crédito completo aparecerá en tu historial como deuda tuya, reduciendo tu capacidad de pago disponible para otros créditos que quieras pedir después — considéralo si planeas solicitar algo más pronto.
Preguntas frecuentes
¿Coacreditado y aval son lo mismo?
No. El coacreditado es copropietario del bien y responsable solidario de toda la deuda desde el origen del crédito. El aval no es dueño del bien y solo responde si el acreditado principal no paga.
¿Si el otro coacreditado deja de pagar, yo respondo solo por mi mitad?
No, respondes por el 100% de la deuda ante el banco — es una obligación solidaria, no se divide a la mitad frente al acreedor.
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